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Calculadora de IVA

Calcula base, IVA y total final de forma inmediata.

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Calculadora de IVA

Calcula base, IVA y total final de forma inmediata.

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Resultado

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Total con IVA

302,50 €

Importe base mas el IVA

Una base de 250,00 € con un IVA del 21% da un total de 302,50 €.

Importe de IVA

52,50 €

Base imponible

250,00 €

Formula

amount + (amount x VAT rate)

Que hace Calculadora de IVA

Contexto rapido para usuarios que llegan directamente desde Google o un enlace externo.

Esta calculadora resuelve las dos operaciones que se hacen a diario con el IVA: añadirlo a una base imponible para saber cuánto vas a cobrar, y quitarlo de un precio final para saber cuánto de lo que has pagado era impuesto.

La segunda es la que más se busca y la que más se calcula mal. Restar un 21% al precio final no devuelve la base imponible, y la diferencia no es pequeña: en una factura de 1.000 € te desvías más de 30 €.

Casos de uso habituales

Formas comunes de aprovechar esta utilidad dentro de un flujo real.

  • Emitir una factura: partes de tu tarifa sin impuestos y necesitas el total que va a pagar el cliente.
  • Cuadrar un ticket o un gasto: tienes el importe pagado y necesitas separar base y cuota para el libro de registro o el modelo 303.
  • Fijar un precio de venta al público: quieres que el precio final sea una cifra redonda y necesitas saber qué base imponible lo produce.
  • Comparar presupuestos: uno te llega con IVA incluido y otro sin él, y no son comparables hasta que los pongas en la misma base.

Cómo se calcula el IVA sobre una base imponible

La operación directa es una multiplicación. La cuota de IVA se obtiene aplicando el tipo a la base imponible, y el total es la suma de ambas:

  • Cuota de IVA = Base imponible × (tipo ÷ 100)
  • Total a pagar = Base imponible + Cuota de IVA
  • O en un solo paso: Total = Base imponible × (1 + tipo ÷ 100)

Ejemplo con el tipo general: una base de 250 € al 21% genera una cuota de 52,50 € (250 × 0,21) y un total de 302,50 €. Con el tipo reducido del 10% la cuota sería de 25 € y el total de 275 €; con el superreducido del 4%, 10 € y 260 €.

Cómo quitar el IVA de un precio final

Aquí está el error más común. Si tienes un precio con IVA incluido y le restas el porcentaje del tipo, no obtienes la base imponible. El motivo es que el porcentaje se aplicó sobre la base, no sobre el total, así que estás restando un 21% de una cifra mayor de la que corresponde.

La operación correcta es una división:

  • Base imponible = Total ÷ (1 + tipo ÷ 100)
  • Cuota de IVA = Total − Base imponible

Un precio final de 121 € al 21% corresponde a una base de 100 € (121 ÷ 1,21) y una cuota de 21 €. Si en cambio le restas el 21% al total obtienes 95,59 €, que no es la base de nada: te has dejado 4,41 € por el camino. Sobre una factura de 1.000 € ese mismo error son 36,36 €.

Qué tipo de IVA aplica a cada cosa

En España conviven tres tipos, regulados en los artículos 90 y 91 de la Ley 37/1992. El general es el que se aplica por defecto: si una operación no está expresamente incluida en las listas de tipo reducido o superreducido, tributa al 21%.

Tipos vigentes en España y ejemplos de aplicación
TipoPorcentajeSe aplica a
General21%Todo lo que no tenga un tipo específico: electrónica, ropa, vehículos, servicios profesionales, peluquería, servicios funerarios, cosméticos.
Reducido10%Hostelería y restauración, transporte de viajeros, alimentos no incluidos en el 4%, viviendas, entradas a espectáculos culturales en vivo, obras de renovación en vivienda.
Superreducido4%Pan, harinas panificables, leche, quesos, huevos, frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales naturales, aceites de oliva, libros y prensa, medicamentos de uso humano, prótesis y VPO.

Base imponible, cuota y total: el vocabulario de la factura

Las tres cifras que devuelve la calculadora tienen un nombre concreto en una factura, y conviene no mezclarlos porque cada uno va a un sitio distinto en la declaración.

  • Base imponible: el importe de la operación sin impuestos. Es sobre lo que se calcula todo lo demás.
  • Cuota de IVA (o IVA repercutido): lo que añades al cobrar. No es tuyo: lo recaudas para Hacienda y lo liquidas en el modelo 303.
  • Total o importe a pagar: la suma de los dos. Es lo que efectivamente cobra el emisor de la factura.

Si actúas como empresa o profesional, el IVA que soportas en tus compras (IVA soportado) normalmente se deduce del que repercutes. Por eso separar base y cuota no es un detalle contable: es lo que determina cuánto ingresas realmente.

Casos que suelen dar problemas

Hay tres situaciones donde el cálculo aritmético es correcto pero la respuesta no sirve, y merece la pena conocerlas antes de usar el resultado.

  • Canarias, Ceuta y Melilla: no aplican IVA. Canarias tiene el IGIC y Ceuta y Melilla el IPSI, con tipos propios y más bajos. Una factura por operaciones en esos territorios no lleva IVA.
  • Suministros energéticos: el IVA de la electricidad y el gas ha cambiado varias veces por medidas temporales, con tramos al 21% y al 10% dentro de un mismo año y cláusulas de reactivación ligadas al IPC. Conviene comprobar el tipo vigente en la fecha de la factura, no asumirlo.
  • Recargo de equivalencia: si el destinatario es un comerciante minorista acogido a este régimen, además del IVA hay que repercutir un porcentaje adicional. Esta calculadora no lo incluye.

Que debes tener en cuenta

Estas notas ayudan a interpretar el resultado con prudencia y a evitar usos poco fiables.

El resultado es un cálculo aritmético, no asesoramiento fiscal. Determinar qué tipo corresponde a una operación concreta puede ser complejo y depende de la normativa aplicable.
No contempla regímenes especiales como el recargo de equivalencia, el criterio de caja, la inversión del sujeto pasivo ni las operaciones intracomunitarias.
En Canarias, Ceuta y Melilla no se aplica el IVA, sino el IGIC y el IPSI respectivamente, con tipos distintos.

Herramientas relacionadas

Preguntas frecuentes sobre Calculadora de IVA

¿Cómo se quita el IVA de un precio con el 21% incluido?

Dividiendo entre 1,21, no restando el 21%. Un precio de 121 € da una base de 100 € y una cuota de 21 €. Para el tipo reducido se divide entre 1,10 y para el superreducido entre 1,04.

¿Cuáles son los tipos de IVA vigentes en España?

Tres: el general del 21%, el reducido del 10% y el superreducido del 4%. Están recogidos en los artículos 90 y 91 de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.

¿Por qué restar el porcentaje al total da un resultado distinto?

Porque el IVA se calculó sobre la base imponible, que es menor que el total. Al restar el porcentaje sobre el total lo estás aplicando a una cifra más grande de la que corresponde, así que te pasas. La diferencia crece con el importe.

¿Qué IVA lleva el aceite de oliva?

El 4%. Tras las rebajas temporales de años anteriores, el aceite de oliva quedó incorporado de forma permanente al grupo de alimentos con tipo superreducido desde el 1 de enero de 2025.

¿Se aplica IVA en Canarias?

No. En Canarias se aplica el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) y en Ceuta y Melilla el IPSI, ambos con tipos propios distintos de los peninsulares. Esta calculadora está pensada para el IVA.

¿El resultado sirve para presentar el modelo 303?

Te da el desglose correcto de base y cuota, que es la información que se traslada al modelo. Pero determinar qué operaciones van en cada casilla, qué IVA es deducible y qué régimen te aplica excede lo que puede resolver una calculadora. Si la declaración es relevante, contrástala con un asesor.

Fuentes